Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Margarita Cabello Blanco·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento Del Procurador General De La Nacion
  • No aceptar por no haberse acreditado su intervención en la expedición de la norma
  • Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por la Procuradora General de la Nación.

La profesional manifestó que estaba impedida para rendir el concepto sobre la constitucionalidad de las normas demandadas, por estar incursa en una de las causales previstas en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, puntualmente, la de haber intervenido en la expedición de la norma.

Ello, por cuanto en su condición de ministra de Justicia y del Derecho participó en la suscripción del Decreto Legislativo 807 de 2020, una de las normas demandadas en el proceso de la referencia.

Encontró la Corte que la manifestación de la jefa del Ministerio Público no se enmarca en los términos taxativos y precisos de las causales de impedimento reconocidas en los procesos de constitucionalidad y, por ello, lo declaró INFUNDADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. Primero. DECLARAR INFUNDADO con base en las razones expresadas en esta providencia, el impedimento manifestado por la Procuradora General de la Nación para emitir concepto dentro del expediente D-15125.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte que levante la suspensión de términos y que informe de esta decisión a la Procuradora General de la Nación para que rinda el concepto al que aluden los artículos 242.2 y 278.5 de la Constitución Política.
  3. Notifíquese y cúmplase,
  4. DIANA FAJARDO RIVERA
  5. Presidenta
  6. NATALIA ÁNGEL CABO
  7. Magistrada
  8. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  9. Magistrado
  10. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  11. Magistrado
  12. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  13. Magistrado
  14. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  15. Magistrado
  16. Con aclaración de voto
  17. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  18. Magistrada
  19. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  20. Magistrada
  21. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  22. Magistrado
  23. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.